■ Requisitos para superar la inspección del Instituto Nacional de Consumo



Puntos a cumplir en caso de que su taller sea elegido para su revisión en una campaña de verificación del cumplimiento de la normativa sobre derechos de los usuarios y consumidores.

Los talleres de reparación de vehículos que reciban la visita de los funcionarios del Instituto Nacional de Consumo (INC) para supervisar su local, deberán superar una serie de requisitos relativos al cumplimiento de la normativa vigente en aquellos aspectos que repercuten en los derechos de los clientes. Si su local es uno de los servicios examinados en las distintas comunidades autónomas sepa que, para superar la inspección, debe:

1-   Tener expuesta en la fachada, en lugar visible, la placa distintivo que corresponda y desarrollar la actividad para la que ha sido autorizado.

2-     Carecer de referencia a marca alguna (tanto en el interior como en el exterior) que pueda inducir a error al consumidor si su taller es genérico y no el oficial de una marca.

3-     Tener a disposición del público los justificantes que acrediten el origen y precio de los repuestos usados en las reparaciones, así como hojas de reclamaciones para quien lo solicite.

4-     Exhibir en lugar visible para el usuario los precios por hora de trabajo así como, si los presta, los de otros servicios concretos, servicios móviles propios, precios por trabajos realizados fuera de la jornada habitual y por gastos diarios de estancia. Además, debe incluir en todos el tipo de carga o gravamen y mencionar de manera clara la parte correspondiente a impuestos aplicables.

5-     De tratarse de un taller de marca, debe tener la autorización del fabricante o representante legal vigente, catálogos o tarifas de precios del fabricante de las piezas que utiliza y las tablas de tiempos y trabajos con su valoración en euros.

6-     Mostrar en lugar visible carteles con las leyendas: “Todo usuario, o quien actúe en su nombre, tiene derecho a presupuesto escrito de las prestaciones que solicite”, “Este establecimiento tiene hojas de reclamaciones a disposición del cliente” y “Las reparaciones e instalaciones están garantizadas por tres meses o 2000 Km”.

7-     El usuario sólo quedará obligado al pago por la elaboración del presupuesto en la cantidad reglamentaria que se determine.

8-     Exponer de manera visible desde el exterior su horario de servicio al público, tanto de los servicios usuales como de los especiales, al menos en castellano y con caracteres de 7 o más milímetros.

9-     Tener resguardo de depósito de los vehículos a reparar o en espera de presupuesto (de haber presupuesto firmado por el taller y el usuario, no será necesario).

10-  Incluir en los resguardos de depósito el número de identificación fiscal (NIF), domicilio del taller, nombre y dirección del usuario, marca, modelo, matrícula y kilómetros del vehículo, si la entrega es para reparación o para elaboración de presupuesto, descripción del arreglo y/o servicios a prestar con sus importes si se conocen, plazo de entrega, fecha y firma del taller y, en caso de no haber presupuesto, renuncia fehaciente al mismo.

11-  Hacer constar en los presupuestos el NIF y señas del taller, nombre del usuario y su dirección, marca, modelo, matrícula y kilómetros del vehículo, reparaciones a efectuar, elementos a sustituir o reparar indicando el precio desglosado, etc., fecha y firma del taller, fecha prevista de entrega del auto reparado, tiempo de validez del presupuesto, y fecha y firma de aceptación del consumidor.

12-  Entregar al usuario factura escrita de la reparación (u otros servicios) firmada y sellada, con las operaciones realizadas, desglose de las piezas o elementos utilizados, horas de trabajo empleadas e importe por cada concepto.

13-  Emitir documentos (factura, presupuestos, etc.), que carezcan de clausulas que afecten al usuario en las que se use un tamaño de letra inferior a 1,5 mm.

14-  Recoger en un archivo físico o telemático los datos relativos a residuos peligrosos producidos por el taller (cantidad, naturaleza, origen, destino, recogida, etc.) y entregar dichos residuos a empresas autorizadas o registradas por el organismo medioambiental, recibiendo éste una acreditación documental de la entrega (documentos de control y seguimiento…).

15-  Dar al usuario toda la información sobre los neumáticos que cambia (en su caso), incluida en la etiqueta autoadhesiva de la banda de rodadura.