■ Normas en materia de emisiones de contaminantes atmosféricos

La Comisión Europea responde algunas cuestiones sobre la Directiva 2007/46/CE, que establece un marco jurídico común para la homologación de los coches, furgonetas, camiones, autobuses y autocares. 

¿Cómo se regulan las emisiones de contaminantes al nivel de la UE?
La Directiva 2007/46/CE regula las homologaciones, que están sujetas a requisitos UE plenamente armonizados en virtud de las siguientes normas:
La legislación por la que se definen los límites de emisión, como el Reglamento 715/2007/CE, aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo, y la legislación derivada por la que se definen los procedimientos de ensayo, revisada de acuerdo con el procedimiento de comité por el Comité técnico de Vehículos Motorizados (CTVM), donde están representados todos los Estados Miembros.
El Reglamento Euro 5 y 6 715/2007/CE, acordado por el Parlamento Europeo y el Consejo, especifica los límites de emisión para todas las sustancias contaminantes tóxicas importantes, entre las que figuran los óxidos de nitrógeno (NOx, es decir, las emisiones combinadas de NO y NO2). El límite de emisión de NOx aplicable actualmente para los nuevos turismos diésel y vehículos industriales ligeros vendidos en la UE es de 80 mg/km.

¿Qué está haciendo la Comisión para abordar las deficiencias en las pruebas de emisiones de vehículos diésel?
El Comité Técnico de Vehículos Motorizados de la Unión Europea está introduciendo un nuevo procedimiento que controle las emisiones de CO2 y el consumo de combustible en los automóviles para sustituir el usado hasta ahora (NEDC) por otro más moderno (WLTP) coordinado a nivel mundial y basado en el sistema de Naciones Unidas. Asimismo, también ha puesto en marcha un conjunto de pruebas de emisiones reales de conducción que pueden aminorar la diferencia entre emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) medido en un laboratorio y las reales en la carretera. Este es el comienzo de una serie de ambiciosas normas sobre el CO2 que propone la Comisión para el sector del automóvil a partir de 2020. Con ellas eliminarán los fallos existentes en los procedimientos de ensayo de laboratorio vigentes para medir las emisiones y el consumo de combustible, que no reflejan las condiciones de conducción actuales o tecnologías de vehículos.
Una vez que el Parlamento Europeo (PE) y el Consejo de la UE den luz verde a esta propuesta, las pruebas de medición de CO2 se aplicarán desde septiembre de 2017 solo a los modelos nuevos de vehículos (que no a todos los que se fabriquen), mientras que desde septiembre de 2018 se extenderá a todos los coches que salgan de fábrica.

¿Qué representa el procedimiento mundial de ensayo de vehículos ligeros (WLTP)?
El procedimiento mundial de ensayo de vehículos ligeros (WLTP) está destinado a medir en el laboratorio las emisiones contaminantes y las de CO2 de los turismos y vehículos comerciales ligeros, habiendo comenzado en paralelo el proceso de ejecución en la UE. El eje de las mejoras gira en torno a los ensayos de emisiones de gases de CO2.
Los RDE, por su parte, completan el procedimiento en laboratorio y verifican que los niveles de emisión de óxidos de nitrógeno (NOx) y, en una fase posterior, también los números de partículas (PN), medidos durante el ensayo en laboratorio se confirman en condiciones reales de conducción.

¿Cuándo entró en vigor el procedimiento de ensayo RDE?
En mayo de 2015 el procedimiento fue aprobado en la Comité Técnico de Vehículos de Motor y entró en vigor en enero de 2016. El objetivo de los servicios de la Comisión es que los límites de emisión que no deberán sobrepasarse sean aplicables a todas las homologaciones en el otoño 2017 y a los modelos nuevos en el otoño de 2018. Además, habrán de responder a objetivos ambientales, así como a las viabilidades económica y técnica.

¿Quién es responsable de realizar los ensayos de emisiones?
Antes de que un vehículo salga al mercado se somete a ensayo por parte de un servicio técnico nacional de acuerdo con la legislación de la UE. La autoridad de homologación nacional (Type-Approval Authority) otorga la aprobación en base a estos ensayos. Una vez homologado en un Estado miembro, todos los vehículos del mismo modelo pueden ser comercializados en toda la UE.
La descripción detallada y las reglas de estos ensayos se establecen en la legislación de aplicación en virtud del Reglamento 715/2007/CE Euro 5/6. El mismo sistema de control continuará aplicándose en el ensayo RDE y el sistema portátil de medición de emisiones. 

¿Quién controla que las autoridades nacionales lleven a cabo los ensayos correctamente?
El control del cumplimiento de la normativa de homologación es competencia de los Estados miembros. El artículo 30 de la Directiva marco exige a los Estados miembros que tomen todas las medidas necesarias para garantizar que los vehículos se ajusten al tipo homologado.

¿Se efectúan ensayos de emisiones después de que el vehículo ha sido homologado?
Sí, de conformidad de producción y de aprobación en servicio. Los ensayos de conformidad de producción se efectúan en muestras de vehículos recién fabricados para garantizar que sus valores de emisión se ajustan a las medidas de la homologación. Los ensayos de conformidad en servicio se efectúan en vehículos que han estado en uso durante un determinado número de kilómetros o años para asegurarse de que sus niveles de contaminación todavía están dentro de un cierto margen respeto a los valores de homologación. El procedimiento utilizado en ambos es la misma prueba en laboratorio efectuada en la homologación.

¿Puede la UE imponer sanciones en caso de violación de las normas relativas a la homologación?
Corresponde al Estado miembro que haya homologado el vehículo imponer sanciones por incumplimiento del procedimiento. Lo establece el apartado 1 del artículo 30 de la Directiva 2007/46/CE. Además, el artículo 46 de la misma Directiva exige a los Estados miembros que determinen las sanciones y tomen todas las medidas necesarias para su aplicación.

¿Son los dispositivos de desactivación ilegales en la UE?
Sí. Estos dispositivos están prohibidos en la UE. El Artículo 5 (2) del Reglamento Euro 6 715/2007/CE prohíbe el uso de dispositivos de desactivación.

¿Cuáles son los límites aplicables a las emisiones de CO2?
Las emisiones de CO2 a bajas concentraciones no son directamente nocivas para la salud, pero contribuyen al cambio climático. Por esa razón la UE las está reduciendo. A diferencia de las emisiones contaminantes, para las de CO2 no existen límites máximos por vehículo. Sin embargo, se realiza un seguimiento de las mismas y los Reglamentos de la UE 443/2009 y 510/2011 establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 respecto de turismos y furgonetas, así como objetivos de reducción de las emisiones.
En 2021, la media a alcanzar por el parque de los vehículos nuevos es de 95 gramos de CO2 por kilómetro. Esto significa un consumo de combustible de aproximadamente 4,1 l/100 km de gasolina o de 3,6 l/100 km de gasóleo.

¿Va la Comisión a mejorar la vigilancia del mercado? ¿Deberíamos contar con una autoridad independiente de supervisión?
La Comisión va a acelerar los trabajos sobre un marco más estricto para tomar medidas contra los productos inseguros y no conformes. La atención se centra en aclarar y reforzar el sistema de llamada a revisión y el intercambio de información entre las autoridades de homologación, incluso imponiendo a los Estados miembros la obligación de organizar y llevar a cabo la vigilancia del mercado y los controles de los vehículos que entran en él.

¿Cómo difiere la reglamentación entre la UE y los Estados Unidos tanto en materia de límites de emisiones, como de procedimientos de ensayo?
En la actualidad, tanto en la UE como en los Estados Unidos, los vehículos se ensayan en un banco dinamométrico y se someten en el laboratorio con arreglo a patrones de conducción bien definidas (ciclos de ensayos reglamentarios) para el cumplimiento de los límites de emisión.
Los ciclos de ensayo son diferentes en la UE y los Estados Unidos. En los Estados Unidos hay varios ciclos de ensayo, mientras que en la UE hay uno solo. No obstante, las diferencias en los ciclos no son relevantes. Por lo que respecta a los límites de emisión de NOx, en Estados Unidos asciende a 50 mg por milla, mientras que en la UE es de 80 mg por km, pero esta diferencia tampoco es notable para el caso que nos ocupa. Esta es la razón por la que la introducción del procedimiento RDE es tan importante, ya que permitiría a las autoridades detectar el uso de dispositivos de desactivación.

¿Cómo piensa la UE informar a los ciudadanos sobre las consecuencias de la contaminación del aire y las emisiones de los automóviles?
La legislación de la UE prevé que los Estados miembros deben garantizar que el público tenga regularmente acceso a información actualizada sobre las concentraciones de los distintos contaminantes en el aire ambiente. Al nivel de la UE existen una serie de fuentes que ofrecen información al público. Varias bases de datos importantes sobre la calidad del aire son gestionados por la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), incluida la base de datos AIRBASE, la base de datos sobre el ozono. El portal de calidad del aire ambiente contiene un conjunto de documentos entregados por cada país, en relación con diversos temas, incluida la calidad del aire.