■ El etiquetado obligatorio de los neumáticos cumple cuatro años


Los profesionales tienen la responsabilidad de informar sobre sus aspectos más importantes cuando venden este componente.

La Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (Conepa) pone en marcha una nueva campaña a través de sus entidades miembro en la que vuelve a apoyarse en el póster realizado en su día por la Comisión de Neumáticos del Consorcio de Industriales del Caucho. La Federación recuerda así a los profesionales sus responsabilidades informativas cuando venden neumáticos. Se hace así con motivo del cuarto aniversario de la entrada en vigor del Reglamento europeo 1222/2009, que obliga a los productores de neumáticos a etiquetar sus cubiertas y a los vendedores de las mismas a transmitir la información contenida en ellas a sus clientes. Conepa es consciente de que una buena parte de los automovilistas desconoce todavía el alcance de esta norma.
El reglamento europeo 1222/2009 determina que cada neumático debe acompañarse de una etiqueta para informar de su eficiencia energética, capacidad de frenado en mojado y nivel de ruido. Los vendedores deben incorporar las informaciones contenidas en la etiqueta en sus promociones de ventas, impresas o en internet, y han de incluirlas también con o en la factura. 

Excepciones de la norma 
Conepa recuerda también a los profesionales las excepciones de la norma, que no se aplica a neumáticos recauchutados, de repuesto de uso temporal (tipo T) y a aquellos cuyo índice de velocidad sea inferior a 80 kilómetros/hora.
Asimismo, aprovecha para llamar la atención a los talleres de la importancia de informar también a sus clientes sobre otros aspectos no recogidos en la etiqueta pero que conviene siempre recordar como los relativos a la seguridad (manejabilidad, frenado en seco, comportamiento ante el aquaplanning, etc) y al mantenimiento de los neumáticos (correcto inflado, control del desgaste, etc).