■ La nueva Ley de prevención y control integrados de la contaminación afecta solamente a los grandes talleres de carrocería
Los centros con varias cabinas de pintura y
hornos de secado deben calcular su potencia térmica nominal.
Muy pocos talleres de reparación y mantenimiento de automóviles
estarían afectados por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
por el que se aprueba el texto refundido de La Ley de Prevención y control
integrados de la contaminación, publicado en el BOE el pasado 31 de diciembre y
en vigor desde el pasado 1 de enero. Tras examinar el texto, y más
concretamente el Anexo 1 (en el que se lista las actividades industriales
incluida en el ámbito de aplicación de la Ley), el Área de Medio Ambiente de Conepa
concluye que la práctica totalidad de las empresas del sector no se encuentra
dentro del ámbito de aplicación de la misma. No obstante la asociación seguirá
con detalle la evolución en los contenidos futuros de dicha norma por si en
algún momento se produjeran cambios en los límites que pudieran ampliar el
mínimo número de talleres afectados en la actualidad.
El anexo mencionado incluye en dicho ámbito de aplicación
instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal total igual o
superior a 50 MW. Aunque es inusual que un taller, aun contando con varias
cabinas de pintura y hornos de secado, alcance dicha potencia, las empresas más
grandes del sector deben ser conocedoras de la norma.
Prevención en instalaciones más contaminantes
El origen normativo de la ley que nos ocupa hay que buscarlo en la
Directiva 96/61/CE, cuyo objetivo es la aplicación del principio de prevención
en el funcionamiento de las instalaciones industriales más contaminantes
mediante el establecimiento de medidas para evitar, o al menos reducir, las
emisiones de estas actividades en la atmósfera, el agua y el suelo, incluido
los residuos, con el fin de alcanzar un nivel elevado de protección del medio
ambiente considerado en su conjunto.
De esta manera, las instalaciones incluidas en su ámbito de aplicación
están obligadas a la obtención de un permiso escrito, que debe concederse de
forma coordinada cuando en el procedimiento intervengan varias autoridades
competentes. En este permiso se fijan las condiciones ambientales exigidas para
la explotación de las instalaciones y, entre otros aspectos, se determinan los
valores límites de emisión de sustancias contaminantes, que se basarán en las
mejores técnicas disponibles y tomando en consideración las características
técnicas de la instalación, su implantación geográfica y las condiciones
locales del medio ambiente.
Con la publicación en el BOE del nuevo texto queda derogada la
anterior Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la
Contaminación. No obstante, el texto refundido se encuentra todavía pendiente
de su desarrollo reglamentario por parte de la Administración.
Fuente: Conepa.
Fuente: Conepa.