■ La nueva normativa de ITV exige identificar si la reparación se ha hecho en un taller

El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, publicado en el BOE, regulará la inspección técnica de vehículos.
La Federación Española de Empresarios profesionales de Automoción (Conepa) ha ido adelantando información a los talleres, a través de sus entidades asociadas, sobre algunos de los contenidos recogidos en el mismo. Lo más importante, y agradable sorpresa, es la inclusión en el anexo II Apéndice 1, de la referencia a que la estación de ITV tendrá que anotar la razón social/NIF del taller en el que se haya efectuado la reparación necesaria tras un rechazo en anterior inspección. Si no se ha pasado por un taller para ello, habrá de constar que las operaciones necesarias han sido realizadas mediante “autorreparación”.
La federación considera positivo que se haya introducido tal referencia, fruto del trabajo realizado en los últimos años ante las administraciones de Industria. “Entendemos que abre puertas ante las Comunidades Autónomas, competentes en esta materia, para conseguir un trámite más formal: presentación de factura o certificado de taller”, señaló Víctor Rivera, secretario general de la federación. Asimismo, destacó que, en 2012, el entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo fue concluyente ante la petición de este trámite por parte de la federación en base a que “no se encuentra base legal ni reglamentaria para exigir en las segundas inspecciones de ITV la presentación de facturas emitidas por empresa debidamente legalizada que avalen la reparación de los defectos graves o muy graves detectados en las primeras inspecciones. Por lo anterior, esta Unidad (Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa) no ve posible avanzar en su propuesta tendente a que los vehículos rechazados en ITV deban presentar en las segundas inspecciones, una vez solventados los problemas técnicos causantes del rechazo, factura, certificado de taller o documento similar en el que se recojan las operaciones realizadas”.
“Entendemos, por tanto, que ahora sí existe base legal para lo anterior”, destacó Víctor Rivera, quien recuerda que, a pesar de la respuesta del Ministerio de Industria, Conepa  ha seguido dando soporte a sus asociaciones ante las Comunidades Autónomas y ha conseguido que en Baleares y Galicia se haya puesto en marcha la implementación del certificado de taller con carácter de recomendación. Por otro lado, el Área de Calidad, Industria y Medio Ambiente de la federación, estudia en profundidad el texto legal publicado e informará de sus novedades a los asociados a la mayor brevedad posible, a través de su página web.
Foto: Motormática.