Requisitos técnicos y administrativos para legalizar su montaje en los vehículos.
Conepa, la Federación Española de
Empresarios Profesionales de Automoción, lleva a cabo una campaña
informativa con la que está llegando, a través de sus asociaciones integradas,
a los profesionales de la reparación con el objetivo de informar de los requisitos
técnicos y administrativos necesarios para legalizar el montaje de luces
diurnas en los vehículos que no salieron con ellas de fábrica.
Tras detectar un aumento de consultas y
dudas relacionadas con estas operaciones, el Área Técnica de la federación ha
redactado un documento en el que se recuerda que la instalación de estos
dispositivos está considerada como reforma de importancia, lo que requiere el
obligado paso por la ITV para homologar la instalación. Para ello, además, el
dispositivo de iluminación tiene que estar homologado, y se ha de presentar el
informe de conformidad del fabricante y el certificado de taller.
La presencia de las luces diurnas es
obligatoria para la homologación de los vehículos de la categoría M1 y N1 desde
Febrero de 2011, y desde agosto de 2012 también para el resto de los vehículos.
Los vehículos matriculados con anterioridad a las fechas mencionadas pueden
montarlas opcionalmente.
El objetivo de estas luces es aumentar la
visibilidad del vehículo durante las horas del día, mejorando ostensiblemente
la seguridad vial. Muchos conductores pueden verse atraídos por esa razón o por
tratar de modernizar la imagen de su vehículo a solicitar a su taller de
confianza el montaje de kits de iluminación diurna, lo que supone un servicio
más que el taller puede prestar a sus clientes y una posibilidad de negocio
para las empresas.
Foto: Hella.

Foto: Hella.
